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¿EN QUÉ CONSISTEN LOS SUBSIDIOS HABITACIONALES?

El Decreto Supremo N°1/2011 regula la entrega de subsidios habitacionales destinados a apoyar la compra o construcción de una vivienda económica, nueva o usada, en sectores urbanos o rurales, para uso habitacional del beneficiario y su familia.

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¿A QUIÉN ESTÁN DIRIGIDOS ESTOS SUBSIDIOS?

A personas con capacidad de ahorro y posibilidad de complementar el valor de la vivienda con un crédito hipotecario o recursos propios.

¿CUÁL ES EL VALOR DE LA VIVIENDA EN LA QUE SE PUEDEN APLICAR ESTOS SUBSIDIOS?

 Título I: Subsidios para Grupos Emergentes. Para aplicarse a la compra o construcción de una vivienda de hasta 1.000 UF.

 Título II: Subsidios para Sectores Médios. Para aplicarse a la compra o construcción de una vivienda de hasta 2.000 UF.

Subsidios Adicionales

 Si la vivienda se ubica en Zonas de Renovación Urbana o de Desarrollo Prioritario, el subsidio será de 200 a 300 UF, dependiendo del precio de la vivienda (sólo Título II).

 Si la vivienda se ubica en Zonas de Conservación Histórica, el subsidio será de hasta 300 UF (sólo Título II).

 Si en la vivienda se implementan obras que ayuden a superar alguna discapacidad, se suman 20 UF (Títulos I y II).

 Si la vivienda a comprar es parte de un Proyecto de Integración Social (calificado por SERVIU), se adiciona un subsidio variable de acuerdo al precio de la vivienda, con un tope de 100 UF (Títulos I y II).

¿QUÉ REQUISITOS SE DEBEN CUMPLIR PARA ACCEDER A ESTOS SUBSIDIOS?

 Ser mayor de 18 años.

 Contar con el ahorro mínimo, de acuerdo al título al que postula, al último día del mes anterior al de la postulación.

 Contar con el puntaje de Ficha de Protección Social (FPS) requerido:

- Subsidios para Grupos Emergentes (Título I): Llamados 2011, no superior a 13.484 puntos.
- Subsidios para Sectores Medios (Título II): La FPS no es obligatoria, pero otorga puntaje si cuenta con menos de 13.484 puntos.

 Que el postulante, su cónyuge, conviviente o algún integrante del grupo familiar declarado no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

- Sea propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria o de un sitio con destino habitacional. En este último caso, sólo se puede postular para construir en dicho sitio.
- Sea beneficiario de un subsidio habitacional o posea un certificado de subsidio habitacional vigente.
- Esté postulando a cualquier otro programa habitacional.
- Haya sido declarado como integrante del grupo familiar de postulantes del mismo o de futuros llamados, en caso que el postulante resulte beneficiado.

¿DÓNDE Y CÓMO SE POSTULA A ESTOS SUBSIDIOS?

 La postulación individual es realizada directamente por el interesado. También puede otorgar un mandato a su cónyuge o a parientes por consanguinidad hasta el primer grado en línea recta y hasta el segundo grado en línea colateral (cónyuge, padres, hermanos o hijos).

 Se postula en el Serviu y sus delegaciones, en municipalidades acreditadas por el Serviu o a través de medios electrónicos que se establezcan para estos efectos.

 Este trámite es totalmente gratuito.

¿QUÉ DOCUMENTOS SE DEBEN PRESENTAR EN LA POSTULACIÓN?

 Postulantes chilenos: Cédula Nacional de Identidad vigente.

 Postulantes extranjeros:

- Cédula de Identidad para extranjeros.
- Certificado de Permanencia Definitiva (antigüedad mínima de cinco años).

 Para acreditar a los miembros del grupo familiar mayores de 18 años:

- Fotocopia de Cédula de Identidad de cada miembro.
- Suscribir declaración de núcleo familiar, que señala la prohibición de postular por tres años.

 Para acreditar el ahorro:

- Entidad financiera con consulta en línea (Banco Estado)
- Fotocopia de la Libreta de Ahorro o certificación en que conste el número y tipo de cuenta.
- Mandato de ahorro.
- Entidad financiera sin consulta en línea.
- Certificado de mantención de cuenta.

 Certificado de Pre aprobación de Crédito o de Precalificación como sujeto de crédito hipotecario:

- Otorgado por una entidad crediticia, por otra que ésta mandate o por Servicios de Bienestar que otorguen créditos con fines habitacionales.
- Debe señalar el monto máximo de crédito y/o rango de precio de vivienda a Comprar o construir.
- Fecha de emisión con antigüedad no superior a 60 días (respecto al inicio del período de postulación).
- No se aceptarán simulaciones de crédito.

 En caso de no requerir crédito hipotecario:

- Declaración jurada.
- Fotocopias de documentos que acrediten contar con el financiamiento.

 Para acreditar discapacidad del postulante o de otro miembro del grupo familiar: Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad (credencial).

¿CÓMO SE EFECTÚA LA SELECCIÓN?

La selección de los beneficiados se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados en los respectivos llamados. Los factores que otorgan puntos son los siguientes:

 Grupo familiar.

 Monto de ahorro superior al mínimo requerido.

 Saldos promedio de ahorro.

 Antigüedad de la postulación.

 Caracterización socioeconómica, a través de la FPS.

 Condición de persona reconocida en el Informe Valech.

 Cumplimiento del servicio militar, a partir del año 2004.

 El Serviu publicará la nómina de beneficiarios en el sitio Web del Minvu, www.minvu.cl.

 Quienes resulten seleccionados obtendrán un Certificado de Subsidio Habitacional, con una vigencia de 21 meses, contados desde la fecha de su emisión (la cual se señala en el mismo documento).